Abogado de testamentos en Davie

Lo que hace un abogado de testamentos en Davie no es rellenar un formulario: es preguntar qué pasa si usted se casa, se divorcia, tiene otro hijo o compra tierra, y dejar el documento escrito para que aguante esos cambios. Un testamento mal hecho no falla el día que se firma, falla veinte años después.

Quien prepara estos documentos es Jose M. Lorenzo, Jr., del despacho Lorenzo Law, con colegiatura 107002. Atiende en ambos idiomas y no cobra la primera conversación: (954) 371-0402.

Última actualización: 7 de agosto de 2026, con los artículos y la norma constitucional citados abajo.

¿Hace falta un abogado para hacer un testamento?

La ley no lo exige. Un testamento hecho por uno mismo puede ser perfectamente válido en Florida si cumple las formalidades, y hay quien lo hace así sin problema.

El riesgo no está en la validez, está en lo que el documento no dice. Los tres fallos que aparecen una y otra vez en los formularios comprados por internet son siempre los mismos:

  • No nombrar sustituto. El heredero o el representante nombrado fallece antes, y el testamento se queda sin nadie en ese renglón.
  • Repartir cosas que no se reparten por testamento. La cuenta con beneficiario designado, el seguro de vida y el bien en tenencia conjunta van por su propio camino, diga lo que diga el papel.
  • No prever los cambios de familia. Un hijo nacido después, un divorcio, un segundo matrimonio. La ley tiene respuestas para todo eso, y casi nunca son las que la persona habría querido.

Quien redacta documentos legales para otra persona sin licencia comete un delito según el artículo 454.23. Eso incluye a quien cobra por «ayudarle a llenar» su testamento.

¿Qué exige Florida para que un testamento sea válido?

Firma del testador y dos testigos, con una regla sobre quién mira a quién. El artículo 732.502 no pide notario ni papel especial, pero es inflexible con la ceremonia.

Lo que la ley exige, traducido a lo que ocurre en la sala:

Quién Qué tiene que hacer
El testador Firmar al final del documento, o reconocer ante los testigos una firma ya puesta
Testigo 1 Firmar viendo al testador o su reconocimiento
Testigo 2 Lo mismo
Ambos testigos Firmar además viéndose el uno al otro y en presencia del testador

Ese último renglón es el que rompe la mayoría de los testamentos caseros. No basta con que las tres firmas acaben en la hoja: tienen que producirse en el mismo momento y a la vista unas de otras. Un testigo que firmó al día siguiente en su casa invalida el documento entero.

Florida tampoco reconoce el testamento escrito a mano sin esos dos testigos, ni siquiera cuando la letra es indiscutible y nadie objeta el contenido.

¿Qué es el self-proving affidavit y conviene firmarlo?

Es una declaración jurada que se firma junto al testamento, ante notario, y que sirve para una sola cosa: que después nadie tenga que ir a buscar a los testigos.

Sin ella, el artículo 732.503 obliga a localizar a un testigo años más tarde para que confirme la firma. A veces se ha mudado, a veces ya murió, y en ambos casos el trámite se alarga y se encarece.

Con ella, el tribunal admite el testamento sin más prueba. No es obligatoria y cuesta cero añadirla en el momento de firmar. No hacerlo es de los errores más baratos de evitar y más caros de arrastrar.

Aquí sí entra el notario, y solo aquí: no para dar validez al testamento, sino para tomar juramento en esa declaración anexa.

«Legalización de un testamento»: ¿hay que hacerla en vida?

Es el trámite judicial que se abre después de la muerte, y no tiene nada que ver con hacer el testamento.

Mucha gente busca esas palabras creyendo que hay que legalizar el documento en vida, y que sin ese paso el testamento no sirve. No es así en Florida.

La confusión viene del idioma. En varios países hispanohablantes se legaliza o se protocoliza un testamento ante notario mientras el otorgante vive. En Florida el testamento no se registra en ningún sitio antes de morir: se guarda, y punto.

Lo que sí ocurre después es esto:

Momento Qué pasa con el testamento
Al firmarlo Nada. No se inscribe ni se presenta en ningún registro
Mientras usted vive Se guarda. Puede cambiarlo o romperlo cuando quiera
A los 10 días del fallecimiento Quien lo tenga debe entregar el original al tribunal
Después El juez lo admite y nombra al representante personal

Ese plazo de diez días del artículo 732.901 corre para cualquiera que tenga el documento en su poder, sea heredero o no, y aunque nadie haya decidido todavía si abrir el expediente.

Práctico: guarde el original donde alguien de confianza pueda alcanzarlo. La caja de seguridad de un banco es el peor sitio, porque abrirla suele requerir precisamente la orden judicial que aún no existe.

¿A quién quedan mis hijos menores si faltamos los dos?

Lo decide un juez, salvo que ustedes lo hayan dejado nombrado antes. El artículo 744.3046 permite a los padres designar por escrito un tutor preventivo para el menor.

Cómo funciona, en corto:

  • Los padres firman una declaración escrita nombrando a la persona.
  • Esa declaración se presenta ante el secretario del tribunal, que la conserva hasta que los hijos cumplan la mayoría de edad.
  • El designado asume el cargo de inmediato cuando fallece el último de los padres o se le declara incapaz.

Merece la pena separar dos cosas que la gente mezcla: quién cría a los hijos y quién administra el dinero que reciben. La ley permite nombrar tutor de la persona, de los bienes, o de ambos, y muchas familias eligen deliberadamente a personas distintas.

Y una advertencia que ahorra disgustos: nombrar al tutor en el testamento sirve como expresión de voluntad, pero el testamento no se lee hasta después de la muerte. La declaración presentada ante el secretario actúa desde el primer día.

¿Y si me caso, tengo un hijo o me divorcio después de firmar?

La ley rellena esos huecos sola, y no siempre como usted querría. Los tres supuestos tienen respuesta escrita, y conviene conocerla antes de dejar un testamento viejo sin tocar.

Si se casa después. El cónyuge con quien se casó tras firmar el testamento recibe lo mismo que le tocaría si no hubiera testamento, por el artículo 732.301. Solo se evita si hubo acuerdo prenupcial o posnupcial, si el testamento ya preveía algo para esa persona, o si el propio documento dice expresamente que no se le deja nada.

Si nace o adopta un hijo después. Ese hijo recibe la porción que le correspondería sin testamento, por el artículo 732.302. Las dos excepciones son estrechas: que la omisión fuera claramente intencional según el propio testamento, o que ya hubiera otros hijos y prácticamente todo se dejara al otro progenitor de ese hijo.

Si se divorcia. Aquí la ley es tajante. El artículo 732.507(2) anula toda disposición del testamento que afecte al cónyuge en cuanto se disuelve el matrimonio, se hubiera firmado el testamento antes o después de casarse.

Ese último punto sorprende en los dos sentidos. Al que temía que la expareja heredara, lo tranquiliza. Al que había nombrado representante personal a su cónyuge y quería mantenerlo, le deja un hueco que nadie llenó.

¿Se puede dejar la casa a quien uno quiera?

No, si hay cónyuge o hijo menor. Es la limitación que más planes deshace, y no se puede sortear con una cláusula por bien redactada que esté.

El artículo 732.4015 impide disponer libremente por testamento de la vivienda protegida cuando el propietario deja cónyuge sobreviviente o un hijo menor de edad. Un testamento que deje esa casa a un tercero, o a un solo hijo entre varios, no produce el efecto que buscaba: la ley reordena el reparto.

Se puede planificar alrededor de esa regla — con renuncia del cónyuge, con cómo se titula la propiedad, con seguros que compensen a los demás — pero hay que hacerlo antes y por escrito.

¿Cuánta tierra protege el homestead en Davie?

Depende de un detalle geográfico que en esta zona decide mucho: si el terreno está dentro o fuera de los límites del municipio. La diferencia es de 160 acres a media acre.

La Constitución del estado, en su artículo X sección 4, blinda frente a ejecución forzosa 160 acres contiguos si la finca queda fuera de todo municipio, y apenas media acre contigua si cae dentro de uno.

Davie es un caso poco común en el sur de Florida: un municipio con parcelas ecuestres y agrícolas de tamaño real dentro de sus propios límites. Y ahí está la trampa:

Situación Superficie protegida
Parcela de 3 acres fuera de límites municipales Hasta 160 acres — protegida entera
Parcela de 3 acres dentro del municipio Media acre — el resto queda expuesto

Quien tiene caballos, establos o cultivo dentro del término municipal suele dar por hecho que toda su tierra está a salvo de los acreedores. No lo está. La parte que excede la media acre sí puede perseguirse, y eso cambia por completo cómo conviene titular la propiedad y qué se deja en el testamento.

La anexión municipal ha movido esos límites con los años, así que el dato no se supone: se comprueba parcela por parcela.

¿Puede un notario redactar mi testamento?

No. Es la confusión más cara que llega a una oficina de testamentos por aquí, y nace de que un mismo vocablo designa dos profesiones que no se parecen.

Un notary public de este estado no cursó derecho ni ejerce cargo público alguno. Su papel se agota en presenciar firmas y comprobar identidades: no redacta, no aconseja y no da fe del contenido del documento que sella.

El notario de tradición hispana sí es jurista, sí redacta y sí conserva protocolo. Quien llega buscando ese servicio se encuentra con un sello y cree que ha hecho testamento.

Lo que sí hace un notary public en este proceso es tomar el juramento del self-proving affidavit. Un papel útil, pero accesorio: el testamento vale por las firmas de los dos testigos, no por el sello.

Preguntas frecuentes

¿Qué tipo de abogado se encarga de los testamentos?

El que trabaja en sucesiones y planificación patrimonial. Es la misma área que después lleva el expediente ante el tribunal cuando la persona fallece.

¿Qué son las cartas testamentarias?

Es el documento que emite el juez autorizando al representante personal a actuar. Sin él nadie puede mover cuentas ni firmar por la herencia, ni siquiera con el testamento en la mano.

¿Cada cuánto conviene revisar un testamento?

No hay plazo legal. En la práctica, cada vez que cambia la familia o el patrimonio: boda, divorcio, nacimiento, muerte de un heredero, compra o venta de un inmueble.

¿Se puede cambiar sin rehacerlo entero?

Sí, mediante un codicilo, que exige las mismas formalidades que el testamento. Cuando los cambios son varios suele salir más limpio firmar un documento nuevo que revoque el anterior.

¿Y si el testamento se hizo en otro país?

Puede tener validez aquí, pero conviene revisarlo antes de confiar en él, sobre todo si dispone de bienes situados en Florida. Un documento notarial extranjero no transfiere por sí solo lo que está aquí.

¿Y si la herencia ya está abierta y lo que toca es tramitarla? Para eso sirven Weston y Fort Lauderdale, del mismo condado.

Hable con un abogado de testamentos en Davie

De una sola cita sale lo esencial: qué documentos necesita usted en concreto, a quién conviene nombrar y qué pasa con la casa y con la tierra.

Traer la escritura de la propiedad ayuda, porque cómo esté titulada decide buena parte de lo que el testamento puede y no puede hacer.

Jose M. Lorenzo, Jr. — (954) 371-0402. Español o inglés, indistintamente, y esa primera cita no genera factura. Queda también la página de contacto.

Esta página ofrece información general sobre la ley de Florida y no constituye asesoría legal para un caso concreto. Leerla no crea una relación abogado-cliente. Cada expediente depende de sus hechos, y la ley cambia.

Sobre esta página. Su autor y revisor es Jose M. Lorenzo, Jr., admitido en Florida en 2013 con el número 107002 del colegio estatal.