Abogado de herencias en Pembroke Park: casa móvil con título vigente o retirado, el lote del parque, el carro, la cuenta de banco y el testamento perdido. En español. Jose M. Lorenzo, Jr., Florida Bar No. 107002.

Abogado de herencias en Pembroke Park

Un abogado de herencias en Pembroke Park empieza por una pregunta sencilla: ¿la persona ya falleció, o quiere dejar sus cosas en orden mientras vive?

Si ya hubo un fallecimiento, la casa móvil, el carro y la cuenta de banco pueden necesitar trámites distintos. En una casa móvil importa saber si conserva su título, si ese título se retiró y qué derechos existen sobre el lote.

Jose M. Lorenzo, Jr., abogado de Lorenzo Law, explica en español qué documentos revisar, cuándo hace falta una sucesión en Broward, qué hacer si no aparece el testamento original y cuánto cuesta la representación.

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Según su situación: si su familiar vivía en una casa móvil, empiece por el título de la casa móvil; si el parque le pide que la saque o que pague el lote, por el lote alquilado y el parque; si solo quedó un carro, por el carro del fallecido; si el banco congeló una cuenta, por la cuenta de banco; si solo tiene una copia del testamento, por el testamento perdido; si la persona vive y quiere planificar, por la planificación en vida.

Pembroke Park · Condado de Broward · Casas móviles · Carros · Testamentos perdidos · Tarifas fijas publicadas · Atención en español

Respuesta corta. Si alguien que vivía en Pembroke Park murió, el primer paso no es abrir un expediente, sino revisar cada bien por separado: cómo está titulada la casa móvil, a nombre de quién está el carro y si la cuenta de banco tenía un beneficiario. Algunos bienes pueden traspasarse con documentos; otros necesitan una orden del tribunal de sucesiones de Broward. Lo que decide la vía es el documento de cada bien, no lo que la familia acordó de palabra.

Herencias en Pembroke Park: lo esencial
Dónde se tramita Si el fallecido estaba domiciliado en Pembroke Park, normalmente en el condado de Broward, ante el Decimoséptimo Circuito Judicial. El tribunal
La casa móvil Primero se averigua si conserva su certificado de título, como un vehículo, o si el título se retiró y forma parte del inmueble. Esa respuesta cambia todo el trámite. La casa móvil
El lote y el parque Si la casa está en un lote alquilado, el lote no era del fallecido: el contrato y las reglas del parque también cuentan. El parque
Título sin sucesión En ciertos casos, Florida permite traspasar el título de un vehículo o de una casa móvil sin abrir una sucesión, con los documentos y declaraciones que exige la ley. Título sin sucesión
La cuenta de banco Una cuenta con beneficiario designado pasa a esa persona; una cuenta solo a nombre del fallecido, sin beneficiario, normalmente necesita otra vía. La cuenta
Sucesión sumaria Puede estar disponible si los bienes no exentos sujetos a administración en Florida no superan $150,000, o si han pasado más de dos años desde el fallecimiento, con las demás condiciones de la ley. Qué vía
Testamento perdido Una copia no se admite sin más, pero Florida permite, con requisitos estrictos, admitir un testamento perdido o destruido. Testamento perdido
Costo Administración sumaria desde $3,975 y formal sin controversia desde $7,975, con los costos de presentación, publicación y copias certificadas incluidos. Costos
Quién atiende Jose M. Lorenzo, Jr., en español o inglés, por teléfono o videollamada. No hay oficina en Pembroke Park. Quién atiende

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Su situación: tres puntos de partida distintos

Antes de hablar de bienes, conviene saber cuál de estas tres situaciones es la suya: alguien falleció y hay que traspasar lo que dejó; alguien vive y quiere dejar sus cosas en orden; o ya existe un desacuerdo sobre un testamento, un bien o la persona que administra. Son trabajos distintos, aunque un mismo abogado pueda atender más de uno.

Si ya hubo un fallecimiento, lo útil es reunir el certificado de defunción, el testamento original si existe y los papeles de cada bien: el título de la casa móvil o la escritura del terreno, el contrato del lote, el título del carro y los estados de cuenta del banco. Si la persona todavía vive, no hay herencia que tramitar: lo que corresponde es la planificación en vida, y un testamento no puede modificarse en nombre de quien ya falleció. Si hay un desacuerdo, o si ya recibió una petición, una reclamación o un aviso del tribunal, anote la fecha en que lo recibió: una consulta pendiente no suspende los plazos.

Quienes buscan un abogado de sucesiones en Pembroke Park suelen estar en la primera situación; quienes buscan un abogado de testamentos, en la segunda. Esta guía cubre las dos, y explica cuándo la tercera requiere un acuerdo de representación propio.

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Quién lleva su caso y qué incluye la representación

Lorenzo Law es el despacho de un solo abogado: Jose M. Lorenzo, Jr. atiende personalmente cada primera llamada, y el abogado con quien habla en esa llamada es quien se encarga de cualquier asunto que el despacho acepte. No hay oficina en Pembroke Park: la oficina principal está en Kissimmee, y las reuniones en Fort Lauderdale o Coral Gables son con cita previa. La consulta puede hacerse por teléfono o videollamada.

Antes de contratar, conviene dejar por escrito a quién representa el abogado y qué trabajo incluye. Representar al representante personal de una sucesión no equivale a representar individualmente a cada beneficiario, y un desacuerdo entre herederos puede cambiar quién puede ser cliente. Una sucesión de Broward se presenta electrónicamente ante el Secretario del condado aunque el abogado atienda a distancia.

Qué puede abarcar la representación y qué no

Trabajo que puede evaluarse en una herencia de Pembroke Park
Necesidad Trabajo que puede evaluarse Dato que cambia la vía Límite que debe quedar claro
Traspaso de títulos sin sucesión Revisar si la casa móvil con título vigente o el carro admiten la vía documental de la ley Testamento, deudas, acuerdo entre herederos y gravámenes Traspasar un título no resuelve la cuenta de banco ni los demás bienes
Administración sumaria Inventario pertinente, petición y orden de distribución Valor no exento, fecha de la muerte, testamento y acreedores No es una promesa de transferir todos los bienes sin tribunal
Administración formal Nombramiento del representante personal, inventario, avisos, reclamaciones y distribución según el encargo Necesidad de autoridad para actuar, bienes y controversias Los litigios y trabajos extraordinarios se identifican por separado
Administración auxiliar Trámite de Florida cuando el fallecido estaba domiciliado fuera del estado Domicilio, bienes en Florida y documentos del otro tribunal No incluye representación bajo leyes de otro estado o país
Disputa sucesoria Impugnación de un testamento, conducta del representante personal o derechos de un beneficiario Avisos, órdenes, pruebas y posibles conflictos de interés Requiere definir cliente, pretensiones y honorarios del litigio
Planificación en vida Testamento, poderes, directivas de salud o fideicomiso según los objetivos Titularidad actual, familia y documentos existentes Es un servicio distinto del trámite posterior al fallecimiento

Lorenzo Law no ofrece cierres de compraventa ni seguros de título, no practica en Puerto Rico ni bajo leyes extranjeras, y no tramita reclamaciones contra compañías de seguros. Cuando una casa móvil o un terreno se vende durante una sucesión, la autoridad para firmar la da la sucesión; el cierre lo hace el profesional que corresponda.

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¿En qué tribunal se tramita una herencia de Pembroke Park?

La regla principal es el domicilio que tenía la persona fallecida en Florida. Si estaba domiciliada en Pembroke Park, la sucesión corresponde normalmente al condado de Broward, ante el Decimoséptimo Circuito Judicial. Si no tenía domicilio en Florida, la ley contempla el condado donde estén sus bienes; y si no tenía domicilio ni bienes aquí, el condado donde resida un deudor suyo (artículo 733.101).

Que un heredero viva en Pembroke Park, que la familia tenga aquí una dirección postal o que el fallecimiento ocurriera en un hospital de otro condado no fija por sí solo dónde se abre la sucesión. Un hijo que vive en Pembroke Park puede tener que tramitar en otro condado la sucesión de una madre domiciliada allí; y una casa móvil en Pembroke Park de alguien domiciliado en otro estado exige revisar la vía para bienes de un no residente. Son ejemplos orientativos, no decisiones sobre un caso particular. La cobertura estatal del despacho tampoco cambia estas reglas.

¿Pembroke Park es lo mismo que Pembroke Pines?

No. Pembroke Park es un municipio pequeño del sur del condado de Broward, distinto de Pembroke Pines, que queda más al oeste. Las dos ciudades están en Broward, así que la regla del domicilio lleva al mismo tribunal, pero los bienes típicos de cada una son distintos: en Pembroke Park hay numerosas comunidades de casas móviles. Si el fallecido vivía en Pembroke Pines, vea la guía de herencias en Pembroke Pines, que trata los condominios y las asociaciones de esa ciudad.

¿Y si la dirección del fallecido dice Hollywood o Hallandale Beach?

Algunas direcciones dentro de Pembroke Park figuran con la ciudad postal de Hollywood o de Hallandale Beach, y los códigos postales 33009, 33021 y 33023 abarcan también otras ciudades. Para la sucesión, lo que cuenta es el domicilio del fallecido, no el nombre de la ciudad en el sobre; Pembroke Park, Hollywood, Hallandale Beach, West Park y Miramar están todas en el condado de Broward. Lo que sí puede cambiar con el municipio es qué oficina local hay que consultar para el terreno, los permisos o el código municipal, y eso se revisa con la dirección exacta.

Cuando corresponde Broward, el expediente se presenta en la División de Sucesiones y Tutelas (Probate and Guardianship) del Secretario del Tribunal de Broward (Broward County Clerk of Courts). Los abogados presentan los documentos electrónicamente por el portal estatal (Florida Courts E-Filing Portal). No confunda la presentación de un escrito con la obtención de una orden del juez.

Recursos oficiales de Broward

Recursos oficiales de Broward (consultados el 3 de noviembre de 2026)
Recurso Para qué sirve Dato publicado
División de Sucesiones y Tutelas del Secretario Depósito del testamento, presentación y orientación operativa Central Courthouse, West Building, 201 S.E. 6th Street, tercer piso, oficina 03150, Fort Lauderdale, FL 33301; teléfono del Secretario (no del despacho): 954-831-7154; lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 3:30 p. m., excepto feriados
División de sucesiones del Decimoséptimo Circuito Procedimientos locales, listas de comprobación y formularios inteligentes Consulte también las instrucciones del juez asignado y cualquier orden del caso
Búsqueda de casos en línea del Secretario Saber si ya hay un expediente abierto Permite buscar por nombre del fallecido
Recaudador de Impuestos del Condado de Broward: oficinas Títulos y registro de vehículos y casas móviles Lista de oficinas del Recaudador. Confirme la oficina, los documentos y la forma de atención antes de acudir; también atienden agencias privadas de placas autorizadas en Broward
División de Registros, Impuestos y Tesorería: Registros Oficiales Consulta e inscripción de documentos relativos al inmueble Recurso distinto de la oficina que tramita títulos y placas de vehículos
Tasador de Propiedades de Broward Titular, municipio, descripción legal y exenciones de un terreno o de una casa móvil tratada como inmueble Registro público de cada parcela

La página del Secretario todavía resume la administración sumaria con la cifra anterior de $75,000; el límite vigente es el del artículo 735.201, que se explica en qué vía corresponde. Use la página del Secretario para los datos operativos y la ley para los requisitos. La guía en inglés del tribunal de sucesiones de Broward reúne más datos del tribunal.

Consulta remota y comparecencia ante el tribunal

La consulta por teléfono o videollamada facilita la preparación desde otra ciudad o país, y el expediente se presenta electrónicamente. Eso no significa que todas las audiencias sean remotas: la modalidad de una comparecencia depende del juez, del tipo de audiencia y de las instrucciones del caso. Tampoco elimina los requisitos de firmas ni la entrega de originales cuando se exigen.

Gráfico: De Pembroke Park al tribunal de Broward

De Pembroke Park al tribunal de Broward. 1, Domicilio en Pembroke Park: Normalmente, el condado de Broward, ante el Decimoséptimo Circuito Judicial (artículo 733.101). 2, Testamento original al Secretario: Dentro de los 10 días siguientes a saber del fallecimiento; si el custodio es abogado, primero por el portal electrónico y después el original por correo. 3, ¿Qué vía?: Sumaria, formal o auxiliar, según el testamento, los bienes no exentos, la fecha de la muerte y el domicilio. Algunos títulos de vehículos o casas móviles pueden traspasarse sin sucesión. 4, Petición por el portal electrónico: El abogado presenta la petición; presentar un escrito no es obtener una orden. 5, Orden o cartas de administración: En la administración sumaria, antes de dictar la orden hay que buscar diligentemente a los acreedores conocidos y prever su pago con los bienes disponibles (artículos 735.203 y 735.206); en la administración formal, el tribunal nombra al representante personal y le expide las cartas, y los trámites de acreedores comienzan después. 6, Acreedores, inventario y pago en el orden de la ley: En la administración formal, tras las cartas se publica y notifica el aviso a acreedores y se presenta el inventario, y las deudas se pagan con los bienes de la sucesión en el orden que fija la ley (artículos 733.2121, 733.604 y 733.707); en la administración sumaria el aviso a acreedores es opcional y posterior a la orden (artículo 735.2063). 7, Distribución y cierre: Entrega a los herederos y traspaso de cada bien con la orden, las cartas o el título que corresponda. Consulta posible por teléfono o videollamada; la forma de cada audiencia depende del juez y de las instrucciones del caso.

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¿Qué pasa con la casa móvil cuando fallece el dueño en Pembroke Park?

Depende de cómo esté titulada la vivienda y de los derechos sobre el terreno. Una casa móvil o prefabricada heredada no se traspasa siempre igual: si sigue titulada como vehículo, el traspaso pasa por su título ante el FLHSMV, como el de un carro; si está fijada de forma permanente en un terreno del mismo dueño y su título de vehículo se retiró, forma parte del inmueble y sigue las reglas de la casa (artículo 319.261).

En las casas móviles en Florida, el título manda: que una casa móvil esté en una comunidad de Pembroke Park no demuestra si conserva su certificado de título o si ese título se retiró hace años. Por eso la primera pregunta ante una casa móvil heredada no es cuánto vale, sino qué documento la representa hoy: un título de casa móvil a nombre del fallecido, o una escritura del terreno con la casa incorporada. Revise ambos antes de decidir cómo transferirla.

Por regla general, una casa móvil tiene un certificado de título emitido por el estado, igual que un vehículo, y se transfiere como bien mueble. Es lo habitual cuando la casa está en un parque y el terreno es alquilado. El retiro del título procede cuando la casa está permanentemente fijada a un terreno del mismo propietario, o a un terreno sobre el que tiene un arrendamiento inscrito de treinta años o más. La ley exige los documentos y declaraciones que enumera, incluida la información del acreedor con garantía cuando corresponda; después de inscribirlos ante el secretario del condado, debe presentarse la solicitud al departamento competente para que retire el título. La inscripción por sí sola no completa ese retiro.

Una vez retirado el título, la casa se trata como inmueble: se transfiere con el terreno al que está fijada, por escritura u otro documento de bienes raíces, salvo que se sigan los procedimientos para emitir un título nuevo, y un gravamen sobre la casa pasa por la hipoteca sobre el inmueble. El estado del título orienta el análisis, pero no decide por sí solo si hace falta sucesión: también importan el testamento, los demás bienes, los gravámenes, las personas con derecho a recibirlos y los requisitos de cada vía de transferencia.

Documentos que cambian el trámite

Casa móvil, terreno, carro y cuenta: qué revisar en cada caso
Situación Qué revisar Siguiente decisión
Casa móvil con certificado de título vigente Titulares, número de identificación del vehículo, gravámenes, registro anual y testamento Evaluar si cabe la vía documental del artículo 319.28 o si hace falta una sucesión
Título retirado Constancia del retiro, escritura del terreno o arrendamiento inscrito, y registro del Tasador de Propiedades Analizar la transmisión junto con el inmueble y la autoridad necesaria
Terreno alquilado en un parque Contrato del lote, reglas del parque, avisos recibidos y pagos pendientes Separar la transferencia del título del derecho a permanecer en el lote (vea el parque)
Carro a nombre del fallecido Título, cotitulares, préstamo pendiente y seguro Evaluar la vía del carro; no se traspasa con las llaves
Cuenta bancaria a nombre del fallecido Titularidad y designación de beneficiario Resolverla por su propia vía; transferir el vehículo no resuelve la cuenta

¿Cómo saber si el título de la casa móvil fue retirado?

Busque primero el certificado de título entre los papeles del fallecido y compárelo con la casa: el número de identificación debe coincidir. Si la casa tenía un título vigente, normalmente se renovaba su registro cada año ante la oficina de títulos; en Broward, el Recaudador de Impuestos del condado indica que el registro de una casa móvil debe renovarse a más tardar el 31 de diciembre. Si el título se retiró, lo habitual es que aparezcan en los Registros Oficiales del condado los documentos del retiro y que la casa figure con el terreno en el registro del Tasador de Propiedades. Si la casa tributa como inmueble, el condado le expide una calcomanía de la serie “RP” (propiedad inmueble); esa calcomanía acredita que tributa como inmueble, no que el título se haya retirado. Si el certificado de título del fallecido no aparece, o si el título solo existe en el registro electrónico del estado, dígalo desde el principio: la oficina de títulos tiene un procedimiento para esos casos, y el traspaso no siempre exige el papel original. Si los papeles no coinciden o faltan, no lo resuelva por su cuenta: un título perdido, un número que no coincide o una casa que figura en dos registros a la vez se revisa antes de firmar nada.

¿Debe pasar una casa móvil por sucesión?

No siempre. Si la casa móvil conserva su título y se cumplen las condiciones de la ley, puede traspasarse sin abrir una sucesión, con los documentos y declaraciones que exige el artículo 319.28 (vea título sin sucesión). Si el título se retiró y la casa forma parte de un terreno que estaba solo a nombre del fallecido, ese inmueble normalmente necesita la autoridad o la orden de la sucesión que corresponda, salvo que estuviera en un fideicomiso, con derecho de supervivencia o con una escritura que lo transmita sin sucesión. Si ese inmueble era la vivienda homestead protegida del fallecido y lo sobrevive cónyuge o hijo menor, pasa fuera de la sucesión por ministerio de la ley al momento del fallecimiento; aun así suele obtenerse una orden que determina el homestead, pero esa orden solo confirma un derecho que ya existe. Y si además hay otros bienes —una cuenta sin beneficiario, por ejemplo—, la sucesión puede hacer falta por ellos aunque la casa móvil se resuelva por su título.

¿La casa móvil puede ser homestead?

Puede serlo, y conviene revisarlo antes de repartirla. La palabra homestead se usa en Florida para tres cosas distintas: la protección de la vivienda frente a los acreedores, las restricciones sobre quién puede recibirla y la exención del impuesto de la propiedad. Que una casa tenga una de ellas no prueba que tenga las otras dos, y cada una se revisa con documentos distintos. La protección frente a los acreedores puede alcanzar a una casa móvil que el dueño usaba como residencia permanente, incluso sobre un lote alquilado; las restricciones para dejarla por testamento cuando hay cónyuge o hijos menores, y la exención del impuesto, dependen de otros requisitos, entre ellos la titularidad del terreno. La guía en inglés sobre el homestead en la sucesión de Florida desarrolla esas reglas.

Gráfico: La casa móvil: qué documento la representa hoy

La casa móvil: qué documento la representa hoy. Título vigente: La casa sigue titulada como un vehículo, con certificado de título del estado. Se traspasa por su título ante el FLHSMV, como un carro. Puede caber la vía documental del artículo 319.28, sin abrir sucesión, si se cumplen sus condiciones. Título retirado: Fijada de forma permanente en un terreno del mismo dueño (o con arrendamiento inscrito de 30 años o más), y el título de vehículo se retiró. Forma parte del inmueble y se transmite con el terreno; si estaba solo a nombre del fallecido, normalmente necesita la autoridad o la orden de la sucesión. Lote alquilado en un parque: El lote no era del fallecido: cuentan el contrato de alquiler y las reglas del parque (capítulo 723). El parque no puede prohibir vender la casa en el lote; para quedarse, el heredero o comprador normalmente debe obtener la aprobación del parque como nuevo inquilino. Los demás bienes: La cuenta de banco, el carro y cualquier otro bien siguen su propio camino. Traspasar la casa móvil no autoriza a retirar una cuenta solo a nombre del fallecido. El estado del título orienta el análisis, pero no decide por sí solo si hace falta sucesión.

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¿Qué pasa con el lote alquilado y el parque de casas móviles?

Si la casa móvil está en un lote alquilado dentro de un parque, el lote no era del fallecido: el contrato de alquiler y las reglas del parque también cuentan (capítulo 723). El parque no puede prohibir vender la casa en el propio lote ni exigir retirarla solo por la venta; pero para conservar la casa allí, el heredero o adquirente normalmente debe calificar según las reglas del parque y obtener la aprobación del propietario como nuevo inquilino —aprobación que no puede negarse de forma irrazonable—, con derecho a asumir el resto del contrato de alquiler. Si no se obtiene esa aprobación, puede haber desalojo (capítulo 723).

Por eso, en una herencia de Pembroke Park con casa móvil hay dos preguntas separadas: quién es el nuevo dueño de la casa, y quién puede seguir ocupando el lote. Ponerse de acuerdo entre hermanos sobre la primera no resuelve la segunda, y traspasar el título no obliga al parque a aceptar a un ocupante que no califica según sus reglas. Hable con la administración del parque pronto, por escrito, y guarde cada aviso con la fecha en que lo recibió.

¿Quién paga el alquiler del lote mientras se resuelve la herencia?

El alquiler del lote sigue corriendo después del fallecimiento. Las rentas que vencen después de la muerte no desaparecen por la muerte del inquilino, y si nadie paga, el parque puede iniciar los trámites que permite la ley. Un familiar que adelanta pagos con su propio dinero no queda por eso obligado personalmente por las deudas del fallecido, y puede pedir que se le reembolse en la sucesión, pero conviene documentar cada pago y quién lo hizo. En la administración sumaria normalmente no hay representante personal; conviene incluir el reembolso en la petición u orden, o reclamarlo a quienes recibieron los bienes. Antes de pagar, firmar un contrato nuevo o vaciar la casa, confirme quién tiene autoridad para actuar por la herencia.

¿Qué pasa si el parque es solo para mayores de 55 años?

Algunos parques funcionan como comunidades para personas mayores. En esos parques, las reglas pueden exigir que al menos un ocupante tenga 55 años o más, y un heredero más joven puede heredar la casa sin tener derecho a vivir en ella. Antes de mudarse, pida por escrito las reglas de edad y de aprobación de ocupantes, y considere si conviene vender la casa en el lote a un comprador que califique.

¿Se puede vender la casa móvil del fallecido en el parque?

Sí, pero primero alguien tiene que tener autoridad para firmar: el heredero que obtuvo el título por la vía documental, o el representante personal o la orden de la sucesión, según el caso. El comprador que quiera quedarse en el lote debe pasar por la aprobación del parque. Vender sin título a nombre de quien firma, o con un gravamen pendiente, crea un problema mayor que el que resuelve. Si la casa estaba fijada a un terreno del fallecido y su título se retiró, la venta es la de un inmueble; la guía de vender una casa heredada en Florida explica esa vía.

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¿Se puede transferir el título sin abrir sucesión?

En ciertos casos, sí. Para un vehículo o una casa móvil con título vigente, Florida permite transferir el título sin abrir la sucesión, con los documentos y declaraciones que exige la ley (artículo 319.28). No todas las alternativas exigen lo mismo, y ninguna funciona con solo tener las llaves o los papeles en la mano.

La pregunta más común —cómo cambiar el título de la casa móvil a mi nombre, o el del carro— tiene varias respuestas, y el traspaso de título de casa móvil sigue las mismas reglas que el de un vehículo cuando el título está vigente. Sin testamento, la ley contempla una declaración jurada de que la herencia no tiene deudas y de que el cónyuge sobreviviente y los herederos, si los hay, acordaron entre ellos la división. Con un testamento ya admitido en una sucesión, prevé una copia certificada del testamento y una declaración de que la herencia es solvente y tiene bienes suficientes para pagar las reclamaciones legítimas; si el testamento no se está tramitando en el tribunal, prevé una copia jurada del testamento y una declaración de que la herencia no tiene deudas. Y si el fallecido dejó testamento, la ley ofrece además una vía opcional: la declaración jurada de un abogado colegiado en Florida que identifique a los herederos puede sustituir a la presentación del testamento para ciertos traspasos de título.

Por eso, tener deudas no excluye por sí solo todas las vías del artículo, y no tenerlas no basta si los herederos no están de acuerdo. Antes de firmar una declaración jurada, identifique qué vía aplica, cuál es la situación real de las deudas y qué documentos exige. Una declaración jurada falsa no es un trámite menor. Y transferir un título no liquida el resto de la herencia.

Las vías del artículo 319.28 en resumen

Traspaso del título de un vehículo o de una casa móvil con título vigente
Situación Qué prevé la ley Qué conviene revisar antes
Sin testamento Declaración de que no hay deudas y de que el cónyuge y los herederos acordaron la división Si realmente no hay deudas y si todos los herederos están identificados y de acuerdo
Testamento admitido en una sucesión Copia certificada del testamento y declaración de solvencia Si el representante personal ya tiene autoridad y qué dice el testamento sobre el bien
Testamento que no se está tramitando Copia jurada del testamento y declaración de que no hay deudas Si el original fue depositado ante el Secretario y si hay otros bienes que exigen sucesión
Testamento, con declaración de abogado Declaración jurada de un abogado de Florida que identifica a los herederos, en lugar de presentar el testamento Es una vía opcional, solo cuando hubo testamento; no resuelve un desacuerdo

¿Qué formulario se usa, cuánto cuesta y dónde se presenta en Broward?

El traspaso se pide con la solicitud de certificado de título del Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados de Florida (FLHSMV), el formulario HSMV 82040, junto con el certificado de defunción, el título del fallecido y las declaraciones que correspondan a la vía elegida. En Broward, consulte con el Recaudador de Impuestos del Condado de Broward o con una agencia privada de placas autorizada para presentar la solicitud de título del vehículo o de la casa móvil. Confirme en la página de títulos del FLHSMV y con esa oficina qué documentos y tasas piden ese día; las tasas del estado no forman parte de los honorarios del abogado. El costo del traspaso lo fija el estado y depende de cada caso: la tasa del título, un cargo adicional si se anota un gravamen, el cargo por imprimir un título en papel en lugar del registro electrónico y, si se traspasa o se emite una placa, los cargos del registro; las agencias privadas de placas pueden cobrar además un cargo de servicio. Pida el total por escrito en la oficina antes de presentar la solicitud.

Si hay un préstamo o un gravamen

Revise si el título de la casa móvil o del carro muestra un gravamen y en qué forma estaba titulado: a nombre de una sola persona, de dos personas o de los cónyuges. Un gravamen vivo no desaparece con la muerte del deudor: el acreedor conserva su garantía, y el título normalmente no se transfiere libre de cargas hasta que el prestamista libera el gravamen o se acuerda cómo se paga. Hable con el prestamista antes de prometer la casa o el carro a un comprador.

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¿Y el carro del fallecido? ¿También hace falta sucesión?

No siempre. Qué pasa con el carro de una persona fallecida depende de cómo estaba titulado y de si hubo testamento. Para el carro de una persona fallecida, Florida permite en ciertos casos transferir el título sin abrir la sucesión, con los documentos y declaraciones que exige la ley (artículo 319.28). Tener las llaves, seguir pagando el seguro o figurar como conductor no demuestra quién puede obtener el título.

Un vehículo a nombre del fallecido no se vende ni se traspasa con las llaves: el traspaso de carro de un fallecido exige documentos. Las mismas vías que se explican en título sin sucesión sirven para el carro: la declaración de los herederos cuando no hubo testamento, el testamento con la declaración que corresponda, o la declaración jurada del abogado cuando hubo testamento. Si el carro estaba a nombre de dos personas, la forma en que estaba titulado puede hacer que pase directamente al otro titular.

¿Se puede vender el carro de una persona fallecida?

Sí, una vez que alguien tiene derecho a firmar el título. La ley permite además que el cónyuge sobreviviente que tenga derecho a obtener el título por la vía documental, con o sin testamento, ceda directamente al comprador el certificado de título del fallecido, sin sacar primero otro a su nombre, entregando al comprador la documentación que exige la ley. No es una excepción disponible para cualquier heredero. Quien compra un carro de una persona fallecida debe pedir que el vendedor demuestre esa autoridad; sin ella, el comprador puede quedarse con un carro que no puede titular a su nombre.

Errores comunes con el título del carro o de la casa móvil

  • Firmar el título «por» el fallecido o con un poder que el fallecido firmó en vida: el poder termina con la muerte.
  • Declarar que no hay deudas sin haberlo revisado, o dejar fuera a un heredero.
  • Vender antes de liberar el gravamen del préstamo.
  • Traspasar la casa móvil y olvidar el lote, el registro anual o la cuenta de banco.
  • Seguir pagando el seguro a nombre del fallecido sin avisar a la aseguradora del cambio de dueño.

Cómo dar de baja el carro del fallecido: placa, registro y seguro

En Florida, la placa pertenece al dueño, no al carro: cuando el carro se vende o se traspasa, la placa del fallecido no pasa automáticamente al nuevo dueño. Si el carro va a quedarse guardado o se va a vender, no cancele el seguro mientras el vehículo siga registrado con placa: si el seguro se cancela y el registro sigue activo, la placa debe entregarse en una oficina de títulos o en una agencia de placas. Para entregar la placa —dar de baja el registro—, confirme con la oficina elegida si debe acudir en persona o enviarla por correo, qué documentos debe adjuntar y cómo obtener el comprobante. Guarde el comprobante de la entrega. Avise también a la aseguradora del fallecimiento y pregunte cómo mantener la cobertura hasta que el carro tenga nuevo dueño.

La guía en inglés sobre cómo vender el carro de un fallecido en Florida amplía el tema.

Gráfico: Cada bien, su propio camino

Cada bien, su propio camino. Casa móvil con título vigente: revisar titulares, número de identificación, gravámenes, testamento; vía posible: vía documental del artículo 319.28 o sucesión. Casa móvil con título retirado: revisar escritura del terreno y constancia del retiro; vía posible: con el inmueble: autoridad u orden de la sucesión, salvo que pase fuera de ella. Lote alquilado: revisar contrato, reglas del parque, pagos pendientes; vía posible: aprobación del parque para seguir en el lote. Carro: revisar título, cotitulares, préstamo; vía posible: vía documental del artículo 319.28 o sucesión. Cuenta con beneficiario: revisar designación vigente; vía posible: pasa al beneficiario, sin sucesión. Cuenta solo a nombre del fallecido: revisar saldo total en todas las instituciones; vía posible: administración sumaria o formal; pago bancario limitado del artículo 735.303 si el total no supera $2,000. Lo que decide la vía es el documento de cada bien, no lo que la familia acordó de palabra.

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¿Qué pasa con la cuenta de banco del fallecido?

Depende de cómo estaba la cuenta. Una cuenta con un beneficiario designado al fallecer pasa a ese beneficiario (artículo 655.82), y una cuenta conjunta con derecho de supervivencia pasa al cotitular. Una cuenta solo a nombre del fallecido, sin beneficiario, normalmente necesita una orden de administración sumaria o las cartas de administración de un representante personal.

Hay una excepción pequeña: el pago bancario a ciertos familiares del artículo 735.303. La institución financiera puede pagar —no está obligada a hacerlo— al familiar del fallecido las sumas de las cuentas a solo nombre del fallecido sin designación de beneficiario, siempre que el total en todas las instituciones no supere $2,000 en conjunto (no $2,000 por banco) y nunca antes de que hayan transcurrido 6 meses desde la muerte. Solo puede usar la declaración jurada el familiar que corresponda, en este orden: el cónyuge sobreviviente; a falta de cónyuge, un hijo adulto; luego un descendiente adulto; y, por último, un progenitor. Tener firma autorizada en la cuenta, o un poder que el fallecido firmó en vida, no da derecho a retirar el saldo después de la muerte, porque el poder termina con la muerte. La guía sobre la cuenta bancaria de un fallecido explica qué pide el banco en cada caso.

Resolver la casa móvil o el carro por su título no autoriza a nadie a retirar el dinero de la cuenta. Si la cuenta es el único bien que queda sin resolver, la administración sumaria suele ser la vía que se evalúa primero.

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¿Qué bienes no pasan por la sucesión?

Muchos bienes pasan directamente a otra persona por contrato o por la forma en que estaban titulados, sin orden del tribunal. Por eso, a veces no hace falta abrir una sucesión, o solo hace falta para algunos bienes. Lo que manda es el documento de cada bien, no lo que diga el testamento.

Suelen quedar fuera de la sucesión, siempre que la designación o la titularidad sean válidas:

  • Las cuentas bancarias con un beneficiario designado al fallecer, que pasan a ese beneficiario (artículo 655.82).
  • Las cuentas de inversión registradas con transferencia al fallecer (artículos 711.50 y siguientes).
  • Las pólizas de seguro de vida y las cuentas de retiro con un beneficiario designado que sobrevive, salvo que el beneficiario sea la propia sucesión.
  • Las cuentas conjuntas con derecho de supervivencia y los inmuebles titulados con derecho de supervivencia, que pasan al cotitular sobreviviente (artículo 689.15); una parte en copropiedad sin ese derecho sí forma parte de la sucesión.
  • Los bienes que estaban a nombre de un fideicomiso en vida, que administra el fiduciario.
  • Un terreno con casa móvil incorporada que tenía una escritura Lady Bird válida, dentro de las restricciones del homestead.

Advertencia: quedar fuera de la sucesión no siempre significa quedar fuera del alcance de los acreedores. Algunos de estos bienes —en particular los que estaban en un fideicomiso revocable del fallecido— pueden responder por los gastos de administración y las deudas de la sucesión si el caudal sucesorio no alcanza para pagarlos. Las cuentas de retiro calificadas (IRA, 401(a), 403, Keogh) no se tratan así.

Que un bien no pase por la sucesión no significa que el beneficiario quede libre de toda reclamación o impuesto, ni que el banco o la aseguradora pague sin documentos. La guía en inglés sobre bienes que no pasan por la sucesión amplía el tema.

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¿Corresponde administración sumaria, formal o auxiliar?

La administración sumaria en Florida puede estar disponible si el valor de los bienes sujetos a administración en Florida, menos los bienes exentos de las reclamaciones de acreedores, no supera $150,000, o si han pasado más de dos años desde el fallecimiento. Si hay testamento, no debe ordenar la administración conforme al capítulo 733. La norma comprende sucesiones de residentes y de no residentes (artículo 735.201).

Las vías principales son la administración formal, la administración sumaria y, para bienes en Florida de una persona domiciliada fuera del estado, la administración auxiliar; la disposición sin administración es una autorización limitada, no una sucesión. La administración sumaria sigue siendo un procedimiento judicial, aunque más corto. El límite de $150,000 no se calcula sumando todo lo que la familia asocia con el fallecido: hay que revisar qué bienes necesitan administración y cuáles están exentos o pasan fuera de la sucesión. En muchas herencias de Pembroke Park, una casa móvil con título vigente, un carro y una cuenta pequeña quedan muy por debajo de esa cifra; lo que decide es el inventario real.

Comparación: administración sumaria y administración formal

Administración sumaria y formal en Florida
Punto de decisión Administración sumaria Administración formal
Autoridad para actuar Se solicita una orden; en esta vía no se nombra un representante personal ni se expiden cartas El tribunal nombra al representante personal y expide las cartas de administración
Acreedores Hay que investigar a los acreedores y atender las obligaciones aplicables; existe la publicación opcional de un aviso Búsqueda, publicación, notificaciones y plazos según las circunstancias
Tarifa fija de Lorenzo Law Desde $3,975, con costos incluidos Sin controversia, desde $7,975, con costos incluidos
Qué puede retrasarla Documentos incompletos, títulos, acreedores o desacuerdos Además, inventario, administración de bienes, cuentas, venta cuando corresponda y controversias
Qué puede cambiar la decisión Testamento, valor no exento, fecha de la muerte, títulos, acreedores y necesidad de autoridad Los mismos hechos, además del trabajo continuado y de las controversias que deban tratarse

Los artículos 735.206 y 735.2063 impiden tratar la sumaria como una vía libre de trabajo con acreedores: no equivale a repartir primero y revisar deudas después. Cumplir el criterio económico o temporal no elimina los demás requisitos del procedimiento. El límite de $150,000 sustituyó al anterior de $75,000 con la reforma de 2026; algunas publicaciones, incluido el resumen del Secretario de Broward, todavía muestran la cifra anterior. Vea también la guía de administración sumaria (en inglés) y la guía de herencias en Florida, que compara todas las vías.

Administración auxiliar y disposición sin administración

Si la persona no estaba domiciliada en Florida pero dejó aquí una casa móvil o un terreno en Pembroke Park, puede hacer falta una administración auxiliar en Florida, además del trámite de su domicilio (artículo 734.102). La administración auxiliar ordinaria es un procedimiento formal; para el patrimonio de un no residente pueden existir otras vías: la administración sumaria (hasta $150,000, o más de dos años desde el fallecimiento, con las demás condiciones de la ley) o, si el no residente dejó testamento y bienes sujetos a administración en Florida con un valor bruto de hasta $50,000, el procedimiento del artículo 734.1025, que el representante extranjero debe iniciar antes de que transcurran dos años desde el fallecimiento.

La disposición de bienes personales sin administración (artículo 735.301) no es una sucesión sino una autorización limitada: procede cuando solo hay bienes personales exentos y bienes no exentos que no exceden los gastos funerarios preferentes y los gastos médicos razonables de los últimos 60 días de la última enfermedad. No sirve para transferir un inmueble.

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¿Cuándo hace falta un representante personal (albacea)?

En la administración formal. En Florida, el cargo que en otros países se llama albacea es el representante personal: el tribunal lo nombra y le expide las cartas de administración (en inglés, Letters of Administration), que son las que piden los bancos y otras instituciones. En la administración sumaria no se nombra representante personal; el tribunal dicta una orden que dice a quién se entregan los bienes.

Que el testamento nombre a alguien no le da por sí solo autoridad para actuar: la autoridad empieza con las cartas. Una persona no domiciliada en Florida solo puede ser representante personal si tiene uno de los parentescos que permite el artículo 733.304, entre ellos el parentesco por consanguinidad en línea recta con el fallecido (hijos, nietos, padres, abuelos), el cónyuge, los hermanos, tíos y sobrinos, el hijo o los padres adoptivos y el cónyuge de cualquiera de esas personas. El tribunal puede exigir una fianza, que fija o dispensa según el caso (artículo 733.402; regla 5.235). Además, antes de que se emitan las cartas, un representante no residente debe designar un agente residente en Florida para recibir notificaciones, que debe residir en el condado del proceso (regla 5.110).

¿Necesito abogado para la sucesión en Broward?

La regla 5.030 de las Reglas de Sucesiones exige abogado para el representante personal, salvo que siga siendo la única persona interesada en la sucesión. Ser el único beneficiario no equivale necesariamente a ser la única persona interesada, y la excepción debe revisarse antes de intentar actuar sin abogado. Es la respuesta a si es necesario un abogado para una herencia —o si es necesario un abogado para una sucesión— o a quien escribe «necesito abogado para sucesión en Florida». Los formularios gratuitos no resuelven quién firma, qué bien entra ni qué aviso hay que enviar; un error en esas piezas suele costar más que el trámite.

Qué puede hacer el albacea con los bienes

El representante personal puede vender bienes muebles de la sucesión, hipotecarlos o arrendarlos sin orden judicial (artículo 733.612); para vender o hipotecar un inmueble necesita autorización o confirmación del tribunal, salvo que el testamento le confiera un poder de venta (artículo 733.613). El homestead protegido no es un bien de la sucesión: el representante solo puede conservarlo mientras se determina su condición, no venderlo ni rentarlo como un activo ordinario (artículo 733.608). Una casa móvil con título vigente es, en principio, un bien mueble de la sucesión. El albacea solo puede quedarse con la parte de la herencia que le corresponda como heredero o beneficiario, y su comisión, si la cobra, es un pago aparte (artículo 733.617).

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¿Qué significa legalizar un testamento?

En este contexto, significa pedir al tribunal que admita un testamento después del fallecimiento. No significa redactar uno nuevo para el fallecido ni notarizar una fotocopia. Hay tres pasos distintos: depositar el original ante el Secretario, obtener que el tribunal lo admita y, cuando corresponde una administración formal, obtener el nombramiento del representante personal.

Las cartas de administración acreditan el nombramiento del representante personal; no se emiten por el solo hecho de admitir un testamento. En la administración sumaria, el tribunal puede admitir el testamento y dictar una orden de distribución (artículo 735.206). La prueba que se exige para admitir un testamento la regula el artículo 733.201. El notario no es un requisito de validez; interviene en la declaración jurada de autenticación, que facilita admitir el testamento sin localizar a los testigos (artículo 732.503). Por eso un testamento notariado sin dos testigos no se convierte en válido por llevar sello, y un testamento con sus dos testigos no deja de serlo por no tenerlo.

Cómo se entrega el testamento original en Broward

Quien tenga en su poder el testamento original de una persona fallecida debe depositarlo ante el Secretario del tribunal del condado competente dentro de los 10 días siguientes a recibir información del fallecimiento (artículo 732.901). Según el Secretario de Broward, si el custodio es abogado, primero presenta el testamento por el portal electrónico y, tras recibir la confirmación de aceptación, envía el original por correo al Secretario; si el custodio actúa sin abogado, puede entregarlo en la división de sucesiones. El Secretario no cobra por el depósito y no acepta testamentos de personas vivas.

Depositar testamento original ante el Secretario no abre la sucesión. Una copia escaneada o un PDF no sustituye al original en papel. Si el testamento es electrónico, lo deposita su custodio calificado conforme al artículo 732.524. Un testamento válido no caduca con el paso del tiempo: sigue vigente hasta que se revoca o se sustituye por otro, aunque ciertos hechos posteriores pueden dejar sin efecto parte de lo que dispone; por ejemplo, un divorcio posterior al testamento deja sin efecto, en general, lo que el testamento dejaba al excónyuge (artículo 732.507). Si la persona todavía vive y quiere revisar o cambiar su testamento, eso pertenece a la planificación: vea la guía de testamentos en Florida.

Cuando hay conflicto: impugnar un testamento o una herencia

Las herencias conflictivas —un testamento que alguien cree inválido, un heredero que quedó fuera o un representante personal que no rinde cuentas— se resuelven ante el mismo tribunal de sucesiones de Broward. La impugnación de herencia más común es la de un testamento por defectos en su firma, por falta de capacidad del testador o por influencia indebida. Los plazos son cortos: quien recibe el aviso de administración tiene, por regla general, tres meses desde la notificación para objetar la validez del testamento, la competencia territorial o la jurisdicción del tribunal (artículo 733.212). Una disputa requiere un acuerdo de representación y de honorarios propio, y un mismo abogado no puede representar a la vez a herederos con intereses opuestos sin cumplir las reglas sobre conflictos de interés. Vea la guía para impugnar un testamento en Florida y la guía sobre la impugnación de testamentos (en inglés).

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¿Qué pasa si no aparece el testamento original?

Un testamento original perdido no es un callejón sin salida, pero sí un camino más exigente. Si no aparece el original, una copia no se admite sin más: la ley permite pedir que se admita un testamento perdido o destruido cuando se prueba su contenido (artículo 733.207). Su contenido debe probarse con dos testigos desinteresados, o uno si se aporta copia fiel.

Ocurre más de lo que se cree con testamentos firmados hace veinte o treinta años: la familia encuentra una fotocopia, o sabe que existía, pero el original no aparece. «Desinteresado» significa que el testigo no tiene interés propio en el asunto ni nada que ganar o perder con el resultado; un beneficiario del testamento no califica. Ese suele ser el obstáculo real, porque quienes recuerdan el documento son justamente los beneficiarios.

¿Es válida una copia de un testamento en Florida?

Una copia correcta puede cambiar el requisito de prueba del contenido previsto en el artículo 733.207: con ella basta un testigo desinteresado en lugar de dos. Eso no significa que reduzca a la mitad toda la prueba del caso ni que garantice la admisión. El tribunal debe resolver los requisitos aplicables y cualquier objeción. Conserve cualquier copia, borrador o correspondencia que documente el contenido, y la información de quienes estuvieron en la firma, incluidos los testigos y el notario.

Dónde buscar el original y cómo recuperar un testamento perdido

  • Entre los papeles personales del fallecido y en su caja de seguridad. Si el original pudiera estar en una caja de seguridad que solo estaba a nombre del fallecido, la ley permite que ciertos familiares la abran en presencia de un empleado del banco solo para buscar el testamento y los documentos del entierro (artículo 655.935).
  • Con el abogado que pudo prepararlo, o con quien lo haya sucedido en su práctica.
  • Ante el Secretario del Tribunal de Broward, por si alguien ya lo depositó: quien tenga el original debe depositarlo dentro de los 10 días siguientes a recibir información del fallecimiento (artículo 732.901).
  • Con el custodio calificado, si el testamento era electrónico.
  • Si ya hay un expediente, en el propio expediente: para pedir una copia de testamento depositado o presentado, el Secretario de Broward cobra, según su tabla de tasas, $1 por página y $2 por certificar cada documento, y puede cobrar una tasa de búsqueda.

Si finalmente no se logra establecer ese testamento, hay que determinar si existe otro testamento válido aplicable o si corresponde la sucesión intestada. Conserve las copias y la información de quienes participaron en la firma; no dé por perdido el caso ni por resuelto el reparto sin revisar esos hechos. La guía testamento en Florida explica cómo se firma un testamento válido y dónde conviene guardar el original.

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¿Quién hereda si no hay testamento en Florida?

En una herencia sin testamento, la ley fija quién hereda. Si el fallecido no deja descendientes, el cónyuge sobreviviente recibe toda la herencia, aunque el cónyuge tenga hijos de otra relación. Si deja descendientes, el cónyuge recibe toda la herencia solo cuando todos esos descendientes también lo son del cónyuge y el cónyuge no tiene otros descendientes; en los demás casos el cónyuge recibe la mitad.

Si no hay cónyuge sobreviviente, la herencia pasa a los descendientes del fallecido; y si tampoco hay descendientes, pasa a los demás parientes en el orden que fija la ley (primero el padre y la madre, luego los hermanos y los descendientes de hermanos fallecidos, y así sucesivamente) (artículos 732.102, 732.103 y 732.104). Sin testamento, la parte de los descendientes se reparte por estirpes. Es la respuesta a quién hereda en Florida y a cómo funciona una herencia sin testamento en Florida.

Herencia intestada en Florida: quién hereda

Participación en el caudal intestado (no sustituye el análisis del homestead, de los bienes con beneficiario ni de otras protecciones)
Situación familiar del fallecido Quién hereda según la ley de Florida
Casado, y todos los descendientes del fallecido lo son también del cónyuge, que no tiene otros descendientes El cónyuge recibe toda la herencia
Casado, con descendientes, y alguno de ellos no es descendiente del cónyuge, o el cónyuge tiene otros descendientes El cónyuge recibe la mitad; los descendientes del fallecido, la otra mitad, por estirpes
Casado, sin descendientes El cónyuge recibe toda la herencia, aunque tenga hijos de otra relación
Viudo, divorciado o soltero, con hijos Los descendientes reciben toda la herencia, por estirpes
Sin cónyuge ni descendientes Los padres; si no hay, los hermanos y los descendientes de hermanos fallecidos, y después otros parientes en el orden de la ley

Estas reglas se aplican al caudal intestado, no automáticamente a todo lo que la familia considera «la herencia». La vivienda homestead tiene reglas propias, y los bienes con beneficiario designado o con derecho de supervivencia no se reparten por estas reglas. Ciertos muebles y enseres del hogar, hasta cierto valor que fija la ley, pueden corresponder al cónyuge o, si no lo hay, a los hijos como bienes exentos (artículo 732.402); nadie debería llevárselos de la casa móvil antes de saber quién tiene autoridad sobre ellos. La guía qué pasa si no hay testamento en Florida desarrolla cada caso.

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¿Se heredan las deudas del fallecido?

Por regla general, no. En Florida, las deudas del fallecido se pagan con los bienes de la sucesión, en el orden que fija la ley, antes de repartir lo que queda; los herederos no responden con su propio dinero por esas deudas, salvo que sean también deudas suyas, como un préstamo que firmaron o garantizaron, o salvo que queden expuestos por otra vía: al recibir bienes en una administración sumaria, donde responden a prorrata hasta el valor de lo recibido (artículo 735.206), o al tomar el título de un inmueble con cuotas de asociación pendientes (artículos 720.3085 y 718.116).

Firmar o garantizar una deuda no es, sin embargo, la única manera de quedar expuesto: no responder con dinero propio no significa que lo recibido quede siempre a salvo. Algunos bienes que pasan fuera de la sucesión, como los de un fideicomiso revocable del fallecido, pueden responder por las deudas y los gastos si el caudal sucesorio no alcanza (artículo 733.707). En general, pasados dos años de la muerte ya no se puede reclamar contra la sucesión ni contra quienes recibieron los bienes, salvo las excepciones que fija la ley (artículo 733.710). La vivienda homestead protegida queda, en general, fuera del alcance de la mayoría de los acreedores del fallecido, salvo la hipoteca, los impuestos y las obligaciones contraídas para su compra, mejora o reparación.

En una herencia con casa móvil, las deudas que más pesan suelen ser el alquiler del lote atrasado, el préstamo de la casa o del carro y las facturas médicas. Recuerde que la vía del título sin sucesión para un heredero sin testamento descansa en una declaración de que la herencia no tiene deudas. Si recibe cartas de cobro, no pague con dinero propio antes de saber qué vía corresponde; vea la guía en inglés sobre las deudas en una herencia en Florida.

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¿Hay impuesto a la herencia en Florida?

No. Florida no cobra un impuesto estatal a la herencia ni al patrimonio de la persona fallecida (Constitución de Florida, artículo VII, sección 5). Heredar una casa móvil, un carro o una cuenta en Pembroke Park no genera un impuesto estatal en Florida.

El impuesto federal sobre el patrimonio existe, pero para ciudadanos y personas domiciliadas en Estados Unidos solo afecta a patrimonios muy grandes; el monto exento lo fija la ley federal —15 millones de dólares para 2026— y se ajusta cada año por inflación para quienes fallezcan después de 2026. Si se vende un bien heredado, para calcular la ganancia la base fiscal del heredero suele ser el valor justo de mercado en la fecha del fallecimiento, con las excepciones de la ley. Si el fallecido no era ciudadano ni estaba domiciliado en Estados Unidos, el impuesto federal sobre el patrimonio puede aplicarse a sus bienes situados en Estados Unidos con un monto exento mucho menor. Revise estas cuestiones con un contador o asesor fiscal; la guía en inglés sobre el impuesto a la herencia en Florida amplía el tema.

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Dos ejemplos hipotéticos: el título no cuenta toda la historia

Son ejemplos educativos inventados, no casos del despacho ni resultados prometidos. Sirven para ver por qué la misma casa móvil puede seguir caminos distintos.

Ejemplo A: casa móvil con título vigente y una cuenta aparte. Suponga que una persona domiciliada en Pembroke Park fallece sin testamento y deja una casa móvil sobre un lote alquilado y un carro; no hay deudas, y el cónyuge y los herederos acuerdan la división. Esos hechos permiten evaluar la vía documental del artículo 319.28 para los dos títulos. Si además existe una cuenta solo a nombre del fallecido sin beneficiario, esa cuenta necesita su propio análisis: resolver los títulos no autoriza a retirarla. Y el contrato del lote debe revisarse antes de asumir que quien recibe la casa puede seguir viviendo en ella.

Ejemplo B: título retirado y un desacuerdo. Suponga ahora que la casa manufacturada tiene el título retirado y se transmite junto con el terreno, y que dos beneficiarios discrepan sobre el testamento. Una solicitud de título vehicular no resuelve la propiedad del inmueble ni el conflicto. Hay que examinar la escritura, el retiro del título, el testamento, los demás bienes y las órdenes necesarias; el litigio requiere un alcance de representación definido y un acuerdo de honorarios propio.

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Lista para la consulta inicial

No hace falta tener todo para pedir la consulta. Una lista incompleta sirve si se indica que lo es; lo importante es saber qué falta y dónde puede estar.

  • Indique primero si hubo un fallecimiento y, de ser así, la fecha, el último domicilio y el lugar del fallecimiento: son datos distintos.
  • Copias certificadas del certificado de defunción (para el tribunal, el banco y la oficina de títulos suelen hacer falta varias).
  • Su relación con el fallecido y si actúa como beneficiario, posible representante personal, copropietario o acreedor.
  • Nombres y datos del cónyuge, los hijos, otros familiares y los beneficiarios, incluidos quienes viven fuera de Florida o del país.
  • El original del testamento y cualquier codicilo, copia, fideicomiso u orden judicial. No escriba ni haga cambios sobre el documento firmado.
  • El certificado de título de la casa móvil y del carro, los datos de cualquier préstamo o gravamen y el último registro anual.
  • Si la casa está en un parque: el contrato del lote, las reglas del parque, los recibos del alquiler y cualquier aviso de la administración.
  • Si la casa está en un terreno propio: la escritura y, si existe, la constancia del retiro del título.
  • Una lista de cuentas y otros bienes, con su titularidad, beneficiarios designados y valores aproximados, y las deudas conocidas.
  • Si existe un expediente en Florida, en otro estado o en otro país, y si hay desacuerdo sobre el testamento, los bienes o quién administra.
  • Las notificaciones recibidas y sus fechas. No envíe números de cuenta, documentos de identidad ni expedientes sensibles por el formulario público; pida el canal adecuado.

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¿Cuánto cobra un abogado por una sucesión en Broward?

Con Lorenzo Law, la administración sumaria cuesta desde $3,975 y la administración formal sin controversia desde $7,975. Esas tarifas fijas incluyen la tasa de presentación del expediente, la publicación del aviso a acreedores y las copias certificadas. El presupuesto puede aumentar según las características del patrimonio, y se confirma por escrito antes de empezar.

Al comparar cuánto cobra un abogado de herencias, pida una cotización por escrito que diga qué trabajo incluye. Así sabrá cuánto cobra un abogado por realizar una sucesión o por llevar un juicio sucesorio. La misma cotización responde a cuánto cuesta una sucesión en Florida en su caso. Lorenzo Law ofrece tarifas fijas para la administración sumaria y la formal sin controversia, no un porcentaje de la herencia. Una cifra «desde» no es una cotización para todos los patrimonios. La sucesión auxiliar se cotiza según el asunto, y una disputa o un juicio sucesorio requiere un acuerdo de honorarios separado. Traducciones, intérpretes, avalúos y otros trabajos de terceros no quedan incluidos automáticamente; confirme si se necesitan y quién los contrata. Las tasas del estado por un traspaso de título se pagan a la oficina de títulos y no forman parte de los honorarios.

Tarifas fijas publicadas

Tarifas de Lorenzo Law para sucesiones y servicios relacionados
Servicio Tarifa Qué incluye o cómo se fija
Administración sumaria Desde $3,975 Tasa de presentación, publicación del aviso a acreedores y copias certificadas
Administración formal sin controversia Desde $7,975 Tasa de presentación, publicación del aviso a acreedores y copias certificadas
Sucesión auxiliar Se cotiza según el asunto Presupuesto escrito antes de empezar; documentos del procedimiento principal
Litigio sucesorio o partición Según los hechos Honorarios contingentes o mixtos cuando corresponda, o tarifa fija para actuaciones concretas (una advertencia, una objeción o una petición); la partición se fija en la consulta; el litigio de fideicomisos no tiene tarifa fija
Testamento (planificación) Desde $675 por persona Asesoría, redacción, firma supervisada, testigos, notario y declaración de autoprueba
Paquete de planificación $1,500 por persona Testamento, poder duradero, designación de sustituto para decisiones de salud, testamento vital y designación previa de tutor
Plan de fideicomiso en vida Desde $2,500 La escritura de cada inmueble de Florida al fideicomiso cuesta $575
Escritura Lady Bird $675 Firma supervisada, registro y el impuesto documental mínimo; el impuesto que exceda el mínimo es aparte

Estas tarifas, publicadas el 3 de noviembre de 2026, se mantienen al menos hasta el 1 de febrero de 2027. Lorenzo Law no ofrece cierres de compraventa, seguros de título ni la impugnación o recuperación de propiedades vendidas por impuestos.

La escala del artículo 733.6171 no es la tarifa del despacho

La escala del artículo 733.6171 es una presunción de remuneración razonable por los servicios ordinarios del abogado del representante personal en la administración formal; no es una tarifa obligatoria ni el precio del despacho. Contempla $1,500 hasta $40,000; $750 adicionales en cada uno de los dos tramos siguientes, hasta $70,000 y hasta $100,000; y después, 3 % sobre el valor que exceda de $100,000 hasta $1 millón, con tramos adicionales y reglas sobre la base de cálculo y los servicios extraordinarios. Se calcula sobre el valor de inventario de los bienes de la sucesión y sus ingresos, y la vivienda homestead protegida queda, en general, fuera de la base; el asesoramiento sobre el homestead puede remunerarse como un servicio extraordinario. Por eso no hay una cifra única de cuánto cobra un abogado por una sucesión: compare siempre el presupuesto escrito y lo que incluye.

Solicite una consulta inicial gratuita. Solo la consulta inicial es gratuita; los honorarios y costos de la representación se acuerdan por separado y por escrito.

Solicite una consulta inicial gratuitaLlame al (305) 224-6811

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¿Cuánto tarda una sucesión en Broward?

Depende de la vía y de los hechos. En una administración sumaria, Jose procura terminar en uno a dos meses desde la contratación y empieza en cuanto se le contrata; es un objetivo, no una garantía. Muchas administraciones formales sin controversia toman de seis meses a un año.

No se puede asegurar el costo ni la fecha de cierre solo por el valor de los bienes. Alargan el trámite un título que no coincide con la casa, un gravamen sin liberar, un testamento perdido o cuestionado, la búsqueda de herederos, un desacuerdo con el parque o un patrimonio con bienes en otro estado o país. El traspaso de un título por la vía documental depende además de los tiempos de la oficina de títulos. La guía cuánto dura una sucesión en Florida explica cada etapa.

Plazos que merecen revisión inmediata

Plazos que conviene revisar desde el principio (reglas orientativas, con excepciones)
Asunto Regla orientativa y condición
Testamento en custodia Diez días desde que el custodio recibe información de la muerte (artículo 732.901)
Reclamaciones de acreedores En general, el plazo más tardío entre tres meses desde la primera publicación del aviso y treinta días desde la notificación al acreedor que deba recibirla, con excepciones y límites (artículo 733.702)
Elección del cónyuge sobre el homestead Dentro de los seis meses siguientes a la muerte, en vida del cónyuge (artículo 732.401)
Porción electiva del cónyuge Normalmente, el primero de estos plazos: seis meses desde la notificación del aviso de administración o dos años desde la muerte, con reglas sobre prórrogas (artículo 732.2135)
Límite de dos años para deudas Tiene excepciones; no elimina automáticamente hipotecas u otros gravámenes ni toda reclamación (artículo 733.710)
Registro anual de la casa móvil con título vigente En Broward, renovación a más tardar el 31 de diciembre, según el Recaudador de Impuestos del condado

Esta tabla no reúne todos los plazos para objetar un testamento, una petición o una orden. Conserve el aviso completo y la fecha de recepción. Solicitar una consulta no suspende un plazo.

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¿Qué pasa si nadie abre la sucesión?

Los bienes que estaban solo a nombre del fallecido se quedan, por lo general, en esa situación: no pueden venderse ni traspasarse sin la autoridad, la orden o los documentos que correspondan, y mientras tanto siguen corriendo el alquiler del lote, el seguro, el registro y los préstamos.

Florida no fija, en general, un plazo para abrir la sucesión, pero esperar tiene costos: el testamento no transfiere la propiedad mientras no se admita a sucesión, y a los dos años del fallecimiento rige una barrera general que, salvo excepciones, extingue las reclamaciones contra el fallecido. Pasados más de dos años desde el fallecimiento, la administración sumaria puede estar disponible sin importar el valor, con las demás condiciones de la ley (artículo 735.201), y el límite general de dos años del artículo 733.710 impide muchas reclamaciones de acreedores, con sus excepciones, entre ellas la hipoteca. Eso no convierte la espera en una estrategia: una casa móvil sin dueño registrado acumula alquiler del lote, los documentos se pierden, los herederos fallecen y aparecen nuevas sucesiones dentro de la primera.

¿Hay un plazo para reclamar una herencia?

A la pregunta de cuántos años tiene un heredero para reclamar su herencia no hay una cifra única: depende de la etapa. Si nadie ha abierto la sucesión, cualquier persona interesada —incluido un heredero— puede solicitar que se abra. Si ya existe un expediente, los avisos que se reciben inician plazos cortos: por ejemplo, quien recibe el aviso de administración tiene, por regla general, tres meses desde la notificación para objetar la validez del testamento, la competencia territorial o la jurisdicción del tribunal; de lo contrario, esas objeciones quedan excluidas para siempre (artículo 733.212). Por eso, cuándo se pierde el derecho a reclamar una herencia depende de qué aviso recibió y en qué fecha: guarde el sobre. Los bienes no reclamados que el estado custodia pueden reclamarse en Claim Your Cash Florida, en general sin límite de tiempo para el dueño o sus herederos.

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¿Cómo evitar que la casa móvil quede a nombre de un fallecido?

Planificando mientras el dueño vive. Mientras la persona vive, no hay sucesión ni herencia que reclamar: lo que se hace es planificación patrimonial —un testamento, un fideicomiso en vida o una escritura—, y lo que se busca es un abogado de testamentos o un abogado de planificación patrimonial, no un trámite sucesorio. Esos documentos se preparan antes del fallecimiento y se cobran aparte de cualquier sucesión.

Para el dueño de una casa móvil, la planificación empieza por el mismo punto que la herencia: saber si la casa conserva su título o si forma parte del terreno. Si conserva su título, un testamento ordena a quién pasa, y dejar el título, el contrato del lote y una lista de cuentas y beneficiarios en un lugar conocido facilita mucho el trámite posterior. Si la casa forma parte de un terreno propio, existen además herramientas para inmuebles, como una escritura Lady Bird o un fideicomiso en vida, que deben revisarse con las restricciones del homestead cuando hay cónyuge o hijos menores. Una escritura, un fideicomiso y un testamento no son soluciones intercambiables para cualquier patrimonio: un fideicomiso evita la sucesión solo para los bienes que se le transfieren, y firmarlo y guardarlo en una gaveta no basta.

¿Dónde se guarda un testamento? En Florida, el original firmado conviene guardarlo en un lugar seguro que alguien de confianza conozca, porque es el original —no una copia— el que se deposita tras el fallecimiento. El Secretario de Broward no acepta testamentos de personas vivas. Si lo guarda en una caja de seguridad solo a su nombre, la ley permite que ciertos familiares la abran después de su muerte para buscarlo (artículo 655.935); un testamento electrónico lo conserva su custodio calificado (artículo 732.524).

Con Lorenzo Law, un testamento cuesta desde $675 por persona, el paquete de planificación $1,500 por persona, una escritura Lady Bird $675 y el plan de fideicomiso en vida desde $2,500, más $575 por cada escritura de un inmueble de Florida al fideicomiso. Quien busca un abogado de fideicomisos encontrará los precios del fideicomiso en vida en esta misma lista; para un fideicomiso irrevocable, la cotización es individual. Quien busca un abogado para hacer testamento o quiere hacer testamento en Florida puede ver la guía de abogado de testamentos en Florida, que explica cómo se firma un testamento válido, y la de fideicomiso en vida en Florida.

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¿Qué tipo de abogado se necesita para una herencia?

Un abogado admitido en Florida que tramite sucesiones ante el tribunal que corresponde, que en Pembroke Park es normalmente el de Broward. Da igual que se le llame abogado de herencias, abogado de sucesiones o abogado sucesorio: lo que importa es si está habilitado en Florida, si lleva sucesiones de forma habitual y quién llevará su caso.

Las palabras cambian según la etapa. Quien busca un abogado de testamentos suele querer preparar el suyo; quien busca un abogado de sucesiones ya tiene un fallecimiento y un expediente por abrir; quien busca un abogado para herencia familiar o un abogado para casa intestada quiere saber qué le corresponde y qué vía aplica. Antes de contratar, haga estas cinco preguntas: ¿qué vía cree que aplica y por qué?, ¿la casa móvil se traspasa por su título o por la sucesión, y qué documento lo demuestra?, ¿qué pasa con el lote del parque?, ¿qué incluye la tarifa y qué queda fuera?, y ¿cuál es el primer plazo que empieza a correr desde hoy? Pregunte también quién será el cliente y cómo se tratará una disputa posterior.

Abogado especialista o experto en herencias: qué significan esas palabras en Florida

Muchas personas buscan un «abogado especialista en herencias», un «abogado experto en sucesiones» o el «mejor abogado de herencias». Son búsquedas razonables, pero conviene saber qué hay detrás de cada palabra. En Florida, un abogado no puede anunciarse como certificado salvo que esté certificado conforme al Plan de Certificación de The Florida Bar (que incluye el área de testamentos, fideicomisos y sucesiones), por un programa acreditado por la American Bar Association o por The Florida Bar, o por el colegio de otro estado con normas razonablemente comparables; tampoco puede afirmar ser «especialista» o «experto» salvo que esté así certificado o pueda verificar objetivamente la afirmación (Regla 4-7.14). Esta página no atribuye a Jose M. Lorenzo, Jr. una certificación ni usa esas palabras para describirlo; puede comprobar su perfil en el directorio de The Florida Bar (No. 107002).

  • Admisión y estado. El directorio de The Florida Bar muestra si el abogado está habilitado para ejercer en Florida.
  • Certificación. Si un anuncio dice «especialista» o «certificado», pregunte por qué programa y en qué área.
  • «Experto» y «mejor». Pregunte qué formación o experiencia concreta lo respalda; una calificación de un directorio no es una certificación ni una garantía de resultado.
  • Quién lleva el caso. Pregunte si el abogado con quien habla será quien lleve el asunto.
  • El precio por escrito. Pida el presupuesto y lo que incluye antes de firmar.

Quien busca un «abogado de herencias cerca de mí» o un «abogado de sucesiones cerca de mí» suele pensar en la distancia, pero lo que decide el trámite es el condado donde se abre el expediente, no la cercanía de la oficina: una sucesión de Pembroke Park se presenta en Broward aunque el abogado atienda por teléfono o videollamada. Lorenzo Law presta servicios de sucesiones, planificación patrimonial y litigios sucesorios en toda la Florida; no es un despacho dedicado solo a sucesiones.

¿Lorenzo Law tiene oficina en Pembroke Park?

No. Lorenzo Law no tiene oficina en Pembroke Park ni en Pembroke Pines. La oficina principal está en Kissimmee, y Jose M. Lorenzo, Jr. se reúne con clientes con cita previa en Fort Lauderdale y Coral Gables; la consulta puede hacerse por teléfono o videollamada, en español o inglés. Una sucesión de Broward se presenta electrónicamente ante el Secretario del condado aunque el abogado atienda a distancia.

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Atención en español

Jose M. Lorenzo, Jr. explica en español cada paso, cada documento y cada decisión. Los documentos del tribunal y de la oficina de títulos se preparan en inglés; si la familia necesita una traducción completa o un intérprete para un acto concreto, lo contrata aparte.

En esta guía aparecen algunos nombres oficiales en inglés porque así los usa el tribunal o la oficina: Letters of Administration, Florida Courts E-Filing Portal o el formulario HSMV 82040. La palabra «probate», que muchas familias usan, se refiere a la sucesión que se tramita ante el tribunal. Quien busca probate en español encontrará aquí las mismas reglas explicadas con las palabras de la ley de Florida.

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Pembroke Park y las ciudades vecinas de Broward

Las reglas de esta guía se aplican a cualquier sucesión de una persona domiciliada en Pembroke Park. Lo que cambia de una casa a otra es el título, el contrato del lote y las reglas del parque.

Para familias de Hollywood, Hallandale Beach, West Park y Miramar, las reglas de Broward de esta página son las mismas; la guía de herencias en Fort Lauderdale cubre el condado de Broward en conjunto. Hay guías propias en español para Pembroke Pines, Dania Beach y Cooper City. Para el panorama de todo el estado, vea la guía del abogado de herencias en Florida. Si prefiere leer en inglés, vea Pembroke Park probate lawyer (en inglés).

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Preguntas frecuentes sobre herencias en Pembroke Park

¿Qué hago primero si un familiar murió en Pembroke Park?

Pida varias copias certificadas del certificado de defunción, busque el testamento original y no lo modifique, y reúna los papeles de cada bien: el título de la casa móvil o la escritura del terreno, el contrato del lote, el título del carro y los estados de cuenta del banco. Avise al parque y siga pagando el lote si puede, guardando los recibos, y no venda ni regale nada hasta saber quién tiene autoridad para firmar. Después decida, con ayuda, qué bienes pueden traspasarse con documentos y cuáles necesitan una sucesión en el condado de Broward.

¿Cuánto tiempo puede quedar una casa móvil a nombre de un fallecido?

No hay un plazo general que obligue a traspasarla, pero mientras siga a nombre del fallecido nadie puede venderla ni transferirla sin la vía que corresponda, el alquiler del lote sigue corriendo y el parque puede actuar si no se paga. Con los años se pierden documentos, mueren herederos y aparecen nuevas sucesiones. Pasados más de dos años desde el fallecimiento, la administración sumaria puede estar disponible sin importar el valor, con las demás condiciones de la ley.

¿Cómo saber si ya hay una sucesión abierta en Broward?

Busque el nombre de la persona fallecida en la búsqueda de casos en línea del Secretario de Broward. Si aparece un expediente de sucesión, el registro muestra el número del caso y sus actuaciones; con eso se puede saber si ya hay un representante personal nombrado y quién lo representa. Si no aparece nada, puede que la sucesión no se haya abierto o que se haya abierto en otro condado. Un interesado que quiera recibir aviso antes de que se admita un testamento o se nombre a un representante puede presentar una advertencia (caveat); la de un acreedor solo puede presentarse después del fallecimiento y no le da ese aviso previo (artículo 731.110).

¿Cómo ver el testamento de una persona fallecida?

Si el testamento ya fue depositado ante el Secretario del Tribunal de Broward, el Secretario puede indicar cómo consultarlo o pedir una copia, y si ya hay un expediente, el testamento suele figurar en él. Si nadie lo ha depositado, quien lo tenga debe hacerlo dentro de los 10 días siguientes a recibir información del fallecimiento. Un testamento de una persona viva no se deposita ni es público.

¿Tienen los hijos una parte de la herencia que no se les puede quitar?

Florida no tiene herederos forzosos ni una «legítima» como la de muchos códigos civiles de América Latina: los hijos adultos no tienen una parte que no se les pueda quitar por testamento, aunque el homestead y la porción electiva del cónyuge tienen límites propios. Las protecciones que sí existen tienen sus condiciones: la porción electiva del cónyuge, las restricciones del homestead, los bienes exentos, la asignación familiar y el hijo nacido o adoptado después del testamento y no previsto en él.

¿Cómo funciona la ley de herencia en Florida?

En Florida, primero se mira cómo estaba titulado cada bien: lo que tiene un beneficiario designado, un cotitular con derecho de supervivencia o está en un fideicomiso pasa fuera de la sucesión. Lo demás pasa según el testamento válido o, si no lo hay, según el orden de la ley: el cónyuge y los descendientes primero, luego los padres, los hermanos y otros parientes. Para traspasar esos bienes hace falta la vía que corresponda —la administración sumaria, la formal o, para ciertos títulos de vehículos y casas móviles, la vía documental de la ley—, y la vivienda homestead tiene reglas propias. Florida no cobra un impuesto estatal a la herencia.

¿Hay consulta inicial gratuita?

Sí. Muchas personas buscan abogado de herencias consulta gratuita para saber si su caso necesita abogado. La consulta inicial permite hablar de su situación y evaluar el posible encargo. No significa que la preparación de documentos, la revisión completa de títulos o la representación sean gratuitas: solo la consulta inicial es gratuita, y los honorarios y costos de la representación se acuerdan por separado y por escrito. Indique si alguien falleció, el último domicilio, los bienes principales y cualquier aviso con plazo.

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Hable con un abogado de herencias en Pembroke Park

Para una consulta sobre una herencia en Pembroke Park, indique si busca planificar en vida, administrar una herencia o resolver una disputa. Tenga a mano el último domicilio del fallecido, una lista de bienes —la casa móvil, el carro, las cuentas— y cualquier notificación recibida, del tribunal o del parque. No envíe números de cuenta, identificaciones ni documentos sensibles por el formulario público. La consulta inicial no requiere revelar su estatus migratorio. Jose M. Lorenzo, Jr. atiende personalmente cada primera llamada; el formulario de contacto se responde en un plazo de 24 a 48 horas. El envío de un mensaje no confirma la aceptación del asunto ni suspende un plazo, y la consulta no asegura un resultado, un plazo judicial ni la aceptación del caso.

Si llegó aquí buscando abogados de herencias gratis o una asesoría de herencias gratis: Lorenzo Law no presta servicios gratuitos, salvo la consulta inicial.

Solicite una consulta inicial gratuita. Solo la consulta inicial es gratuita; los honorarios y costos de la representación se acuerdan por separado y por escrito. La representación requiere una revisión de conflictos, la aceptación del asunto y un acuerdo de representación.

Solicite una consulta inicial gratuitaLlame al (305) 224-6811

Si la herencia ya está en disputa —un testamento impugnado o un representante personal que no rinde cuentas—, vea la guía del abogado de litigios sucesorios en Fort Lauderdale (en inglés). Para el panorama general del estado, vea la guía del abogado de herencias en Florida.

Información general sobre la ley de Florida; no sustituye la asesoría para un caso concreto. Leer esta página o enviar una solicitud no crea por sí solo una relación abogado-cliente. Jose M. Lorenzo, Jr. está admitido a ejercer únicamente en Florida; las menciones a otros estados o países describen qué revisa Florida cuando se presentan aquí.

Fuentes y autoridades citadas

Los estatutos citados son los Estatutos de Florida de 2026. El texto de la ley prevalece sobre cualquier resumen de esta página. Los datos del Secretario del Tribunal de Broward, del condado de Broward y del Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados de Florida se tomaron de sus páginas oficiales.

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